En una decisión de alto impacto político y económico, el gobierno nacional ha reestructurado por completo las reglas de juego para la actividad extractiva en el país. El Poder Ejecutivo derogó el anexo reglamentario del Decreto 2686/93, desarmando un esquema burocrático que regía desde hacía más de tres décadas.
La medida busca dinamizar la industria minera y remover los «cuellos de botella» administrativos que demoraban la puesta en marcha de proyectos clave de cobre, litio, oro y plata.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, defendió la reforma de manera tajante: «la intención es simplificar, reducir costos y bajar la incertidumbre asociada a cada intervención estatal, menos trámites es menos riesgo».
Con este nuevo norte conceptual, el nuevo marco normativo introduce profundos cambios que modifican desde la logística de los yacimientos hasta los controles fiscales y ambientales.
Adiós a los permisos de importación
Para las compañías operadoras, el cambio más drástico se sentirá en el comercio exterior. El decreto elimina definitivamente el viejo sistema de certificados y autorizaciones previas que trababa la importación de bienes de capital, repuestos e insumos industriales.
El objetivo estratégico final es blindar la seguridad jurídica para destrabar los megaproyectos de cobre y litio en las provincias de San Juan, Salta, Catamarca y Jujuy
A partir de ahora, bastará con una declaración jurada de la empresa que certifique el destino minero de las cargas.
Para evitar demoras en la Aduana, esta declaración se cruzará de forma automática e inmediata con el Sistema Informático Malvina (SIM) a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEA). Según explicaron desde el Ejecutivo, la digitalización total del trámite busca reducir los tiempos muertos y neutralizar la imprevisibilidad que generaba la discrecionalidad de la intervención estatal.
En las etapas iniciales de los proyectos, donde el flujo de caja es crítico para sostener las campañas de perforación, la reforma introduce un alivio financiero directo, se agiliza y simplifica el mecanismo para la devolución anticipada del IVA en exploración.
El trámite se reduce ahora a una ventanilla estrictamente contable, donde las empresas solo deberán presentar las facturas y sus respectivos comprobantes de pago.

En paralelo, se suprime la obligación que exigía a las mineras a informar y notificar de manera oficial cada trabajo exploratorio antes de poder ejecutarlo en el terreno.
Nuevas reglas para la estabilidad fiscal minera y auditorías digitales
El Decreto 482/2026 redefine el camino para acceder al Certificado de Estabilidad Fiscal (Ley 24.196). La norma estipula que la fecha de presentación del estudio de factibilidad será, formalmente, el día de inicio del derecho a la estabilidad fiscal.
Una vez aprobado dicho acto, la empresa quedará expresamente facultada para reclamar judicialmente si el Estado vulnera sus garantías impositivas. Sin embargo, la simplificación administrativa incluye una contraprestación en términos de transparencia y rendición de cuentas.
Las empresas están obligadas por ley a mantener su estudio de factibilidad permanentemente actualizado ante cualquier variación económica o técnica sustancial.
En lo que respecta al diseño logístico, el decreto amplía el límite de integración regional de los proyectos hasta un radio de 500 kilómetros de distancia. Esta modificación rompe con las rigideces espaciales anteriores y permite unificar operativamente yacimientos distantes con plantas de beneficio o procesos industriales intermedios.
Las autoridades estiman que este cambio potenciará la competitividad general y multiplicará el impacto de la cadena de proveedores locales.
Seguro Ambiental Unificado y exigencias de facturación a proveedores
En materia de remediación y pasivos, el Ejecutivo unificó los criterios de la Ley de Inversiones Mineras con las directrices de la Ley General del Ambiente.

El decreto establece que la presentación del Seguro Ambiental Obligatorio (SAO), validado por la autoridad competente, cumplirá legalmente con las previsiones exigidas para alteraciones ambientales, definiéndolo como una herramienta más eficiente y fiscalizable para asegurar los fondos de reparación.
Federico Sturzenegger: «La reforma permitirá simplificar, reducir costos y bajar la incertidumbre asociada a cada intervención estatal. Menos trámites es menos riesgo»
Los prestadores de servicios mineros deberán demostrar de forma fehaciente que un porcentaje mínimo de su facturación anual proviene de trabajos reales prestados a la actividad extractiva.
Las empresas de servicios que incumplan con esta pauta afrontarán un régimen de sanciones directas que incluye la intimación, la suspensión del registro y, en casos de reincidencia, la baja definitiva de los beneficios fiscales.
El objetivo estratégico final es blindar la seguridad jurídica para destrabar los megaproyectos de cobre y litio en las provincias de San Juan, Salta, Catamarca y Jujuy, consolidando a la minería como uno de los principales motores de divisas del país.







