Energía definió las normas que deben respetar y pautas para la operación segura. También la documentación que deben presentar los interesados en obtener el permiso. Hay tres modalidades.

La Secretaría de Energía de la Nación oficializó el martes el sistema de autodespacho de combustibles mediante la Resolución 147/2025, publicada en el Boletín Oficial. A partir de ahora, las estaciones de servicio podrán ofrecer esta modalidad, siempre que cumplan con un procedimiento de autorización y respeten estrictas normas de seguridad.

La normativa establece que el sistema será optativo para los expendedores. Podrán adoptar el autodespacho de manera exclusiva o combinarlo con el método tradicional asistido. La implementación requerirá una serie de pasos administrativos que aseguren el correcto funcionamiento y la protección de los usuarios.

La Subsecretaría de Combust.bles Líquidos publicará un registro oficial de estaciones habilitadas para ofrecer el autodespacho: pueden hacerlo en forma exculisva o combinado con el método asistido tradicional.

De acuerdo con el Anexo I de la resolución, los operadores interesados deberán presentar documentación completa sobre sus instalaciones, planos técnicos visados, una auditoría de seguridad actualizada y un certificado que acredite el cumplimiento técnico y legal. La autorización oficial será indispensable para comenzar a operar bajo esta nueva modalidad.

Tres modalidades de autodespacho de combustibles

Las estaciones autorizadas podrán optar entre tres esquemas de funcionamiento: autodespacho exclusivo, donde el cliente carga el combustible de manera independiente; modalidad mixta simultánea, que combina áreas diferenciadas de autodespacho y carga asistida; o modalidad mixta alternada, que habilita ambos métodos en distintos momentos del día.

Para transparentar el funcionamiento de esta modalidad, la Subsecretaría de Combustibles Líquidos publicará un registro oficial de estaciones habilitadas, actualizado periódicamente. Este listado estará disponible en el sitio web del organismo y permitirá a los consumidores verificar qué establecimientos cuentan con autorización vigente.

El organismo también será el encargado de otorgar las autorizaciones, realizar inspecciones y fiscalizar el cumplimiento de las condiciones impuestas. Podrá llevar a cabo controles aleatorios y actuar frente a eventuales incumplimientos detectados tanto en operadores como en las entidades auditoras responsables.

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El autodespacho de combustibles es una modalidad que se extendió a partir de los 60 en EEUU.

El régimen de sanciones previsto remite a las resoluciones N° 1102/04 y 414/21, y abarca desde multas económicas hasta la inhabilitación de los operadores. Con este esquema, el Gobierno busca garantizar que el nuevo sistema de autodespacho funcione bajo estrictos estándares de seguridad y calidad de servicio.

Personal presente y asistencia inmediata, entre otros requisitos

De acuerdo a la normativa, los surtidores deberán contar con corte automático y picos sin traba, además de incorporar el sistema “Lever On” para una operación más segura.

Las mangueras no podrán superar los 3,5 metros de longitud y deberán estar equipadas con dispositivos “break away” para evitar derrames ante desprendimientos accidentales.

La seguridad de los usuarios será prioritaria. Por ello, cada estación deberá tener visibilidad completa de las operaciones, sistemas de asistencia inmediata auditivos o visuales, y se prohibirá expresamente la carga de combustibles en bidones. También se deberá garantizar atención prioritaria a personas vulnerables.

Aunque el autodespacho busca que los clientes realicen la carga por su cuenta, la presencia de personal capacitado será obligatoria. Debe haber al menos un operador presente en todo momento, responsable de controlar la operación, asistir a los clientes y actuar en emergencias.

Además, deberá existir una oficina o cabina de control con visual completa de las operaciones de carga o, en su defecto, medios tecnológicos que garanticen esa supervisión. En caso de que la estación quede desatendida, los surtidores deberán desenergizarse.

Durante la descarga de combustible desde el camión cisterna, se suspenderá el expendio al público, y los operadores deberán contar con medios para habilitar, deshabilitar o detener la operación de cada surtidor desde la cabina de control. Por último, el operador deberá disponer de un teléfono habilitado para la atención de emergencias.

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