Habilita la paridad del precio interno e internacional de gas y petróleo, y elimina la prioridad del abastecimiento local. El impuesto a las exportaciones queda en 8%, contra el 15% al resto de la industria.
Ayer, el presidente de la Nación, Javier Milei, presentó en el Congreso la Ley Ómnibus, que establece un gran número de medidas que atraviesan todos los sectores de la actividad productiva. Entre las reformas contempladas por el documento denominado «Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos», se incluyen modificaciones sobre la legislación vigente en la industria de los hidrocarburos.
El texto de 351 páginas elevado por el Ejecutivo incluye en el capítulo IX sobre “Energía” una serie de cambios sobre la Ley 17.319, que se publicó en el Boletín Oficial el 30 de junio de 1967.
En primer lugar, la nueva normativa libera los precios del crudo, lo que significa el final del “barril criollo” que fijaba un límite para el valor interno del petróleo.
En el listado de las empresas públicas a privatizar, seis pertenecen al sector energético: YPF; YCF, Enarsa; YMAD; Dioxitek y Nucleoeléctrica Argentina (Atucha I y II y Embalse).
De esta manera, las productoras podrán vender el recurso a paridad de exportación y al igual que las refinadoras a la hora de comercializar las naftas y el gas.
La distancia con los precios internacionales quedará fijada por las retenciones que, para los hidrocarburos, quedará en 8%, una importante concesión al sector, ya que para los demás productos el piso será del 15%.
La privatización de YPF y otras empresas energéticas
Por otro lado, la mega ley contiene un listado con las empresas públicas a privatizar, de las cuales seis pertenecen al sector energético. Estas son: YPF; Enarsa; Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio (YMAD); Dioxitek; Nucleoeléctrica Argentina (NASA, opera las centrales nucleares de Atucha I y II y la de Embalse); y Yacimientos Carboníferos Fiscales (YCF).
En paralelo, mientras se avanza con su puesta en valor previa a la venta, las empresas del Estado nacional como las provinciales no tendrán prioridad sobre las privadas a la hora de reservar áreas a explotar, ni la posibilidad de asociarse bajo la modalidad de “carry”, que permitía que las compañías internacionales se hicieran cargo de la inversión exploratoria para luego ser compensadas en la etapa productiva.
Asimismo, la ley Ómnibus le quita la facultad al gobierno de intervenir o fijar precios sobre los eslabones de la cadena del negocio hidrocarburífero. “En el caso de empresas estatales, estas podrán vender únicamente a precios que reflejen el equilibrio competitivo de la industria, esto es a las correspondientes paridades de exportación o importación según corresponda”, explicita el texto.
Por otro lado, se establece que “los permisionarios y concesionarios tendrán el dominio sobre los hidrocarburos que extraigan y, consecuentemente, podrán transportarlos, comercializarlos, industrializarlos y comercializar sus derivados libremente, conforme la reglamentación que dicte la Autoridad de Aplicación”.
De este modo, el objetivo principal de abastecimiento interno que planteaba la Ley 17.319, es sustituido por la meta de “maximizar la renta obtenida de la explotación de los recursos”.
Unicación del ENRE y el ENARGAS
Entre las tantas reformas que propone el mega proyecto de ley enviado por el oficialismo, aparece la creación del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad. Esta entidad estará encargada de llevar adelante las tareas que en la actualidad realizan por separado el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas).
“Hasta tanto no se constituya el nuevo Ente, los actuales ENRE y Enargas continuarán en ejercicio de sus funciones respectivas”, puntualiza el texto que será debatido en sesiones extraordinarias. Por otro lado, también se impulsa la incorporación de legislación ambiental en el ámbito de los hidrocarburos.
La Ley Omnibus y la cuestion ambiental
“A los efectos de cumplir con los objetivos de emisiones netas absolutas de Gases Efectos Invernadero (GEI) comprometidos por la República Argentina en las contribuciones determinadas a nivel nacional en el marco del Acuerdo de París, facúltase al Poder Ejecutivo Nacional a asignar derechos de emisión de GEI a cada sector y subsector de la economía compatibles con el cumplimiento de las metas de emisiones de GEI comprometidas por el país para el 2030 y sucesivas”, sostiene el artículo 320 del mega proyecto enviado al Congreso a primera hora de la tarde del miércoles.
Por último, el gobierno tendrá la potestad de establecer anualmente límites de derechos de emisión de GEI, compatibles con el objetivo comprometido, de cumplimiento anual y obligatorio para todos los sujetos del sector público y privado.