El gobierno lo había dispuesto para acotar el impacto de los paros. La resolución judicial sólo alcanza a los trabajadores nucleados en APLA, el gremio conducido por Pablo Biró. El Ejecutivo apelaría.

La Justicia dio luz verde a un amparo presentado por el gremio que nuclea a los pilotos de Aerolíneas Argentinas en respuesta a los decretos emitidos por el gobierno para declarar los vuelos como un servicio esencial, lo cual pone límites al momento de definir medidas de fuerza que los afecten.

Esta resolución de la Justicia, que tendrá una vigencia de tres meses, se aplicará exclusivamente a los trabajadores agrupados en la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), liderada por Pablo Biró, a quien desde la gestión libertaria apuntan con frecuencia.

El fallo representa el segundo revés judicial para el Gobierno en apenas 48 horas y vinculado al conflicto con los pilotos de Aerolíneas, ya que el día anterior el fiscal Franco Picardi había desestimado una denuncia de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, en la que acusaba a Biró de “incitación a la violencia”.

El magistrado recurrió a argumentos del Comité de Libertad Sindical de la OIT, que enfatiza que el derecho de huelga es “uno de los pilares fundamentales del derecho sindical” y que en la mayoría de los países constituye una herramienta legítima para los sindicatos en la defensa de los intereses de sus afiliados.

La decisión judicial fue emitida por el Juzgado de Trabajo N° 42, a cargo de Ricardo Hierrezuelo. El sindicato había denunciado que, a través de dichos decretos, Aerolíneas Argentinas intentaba restringir el derecho a huelga.

«Una vez más, la razón y la ley están de nuestro lado«, celebraron los miembros de APLA en un comunicado difundido en redes sociales. Mientras tanto, el Gobierno ya estaría preparando una apelación.

Hasta el momento, la Justicia no ha resuelto el fondo de la cuestión, sino que el juez ordenó una medida urgente para suspender los efectos de los decretos hasta que se dicte una sentencia definitiva.

En su resolución, aprobó la cautelar solicitada por los pilotos y estableció «la suspensión de los decretos 825/2024 y 831/2024 en lo que respecta a APLA y a los trabajadores bajo su representación por un plazo de tres meses».

En contra de limitar el derecho a huelga

En su fundamentación, el juez destacó que la APLA logró acreditar «debidamente» la validez del derecho de huelga, que está “expresamente reconocido” tanto por la Constitución Argentina como por los tratados internacionales que el país ha firmado.

Hierrezuelo subrayó que «Argentina no cuenta con una regulación específica sobre la huelga en servicios esenciales», lo que implica que cualquier intento de regular dicho derecho, que de manera implícita introduce limitaciones o restricciones, debe ser evaluado con “extrema prudencia y excepcionalidad”. Esto es clave para evitar que se vacíe de contenido el ejercicio de un derecho constitucional.

Aerolíneas Argentinas, Vuelos, CATT, Asambleas, Transporte Aéreo
La Justicia aprobó la cautelar solicitada por los pilotos y estableció «la suspensión de los decretos 825/2024 y 831/2024 por un plazo de tres meses».

El magistrado también recurrió a argumentos del Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que ha enfatizado que el derecho de huelga es “uno de los pilares fundamentales del derecho sindical” y que en la mayoría de los países constituye una herramienta legítima para los sindicatos en la defensa de los intereses de sus afiliados.

Además, el mismo comité ha señalado que los pilotos de líneas aéreas no encuadran dentro de los servicios esenciales.

Por otro lado, el juez concluyó que la medida solicitada por el gremio era “la única eficaz” para garantizar que los pilotos no vieran limitada su capacidad de protesta, en medio del conflicto salarial en Aerolíneas Argentinas, cuya dirección está a cargo de Fabián Lombardo.

De este modo, el fuero laboral vuelve a poner un freno a medidas centrales para el gobierno. A principios de este 2024 ya había frenado la reforma laboral que disponía el decreto de necesidad y urgencia firmado por Javier Milei a poco de asumir, a partir de un amparo presentado por la CGT (reforma finalmente aprobada en la Ley Bases y reglamentada esta semana, aunque no en idénticos términos).

Los motivos oficiales de la reglamentación

Pocas horas antes de que los aeronáuticos cesaran sus tareas en protesta por la falta de acuerdo en las paritarias salariales el 13 de septiembre, el presidente Javier Milei firmó la reglamentación que declara el transporte aéreo como servicio esencial y define normas precisas para garantizarlo.

En ese marco, el Secretario de Transporte, Franco Mogetta, quien ayer expuso ante los diputados de dos comisiones sobre el plan de privatización de la aerolínea de bandera, advirtió además que se implementarán sanciones a aquellos que adhieran a la medida de fuerza.

“El incumplimiento a esta normativa de servicios esenciales lleva sanciones tanto individuales a quienes no cumplan las directivas de la empresa y también sanciones con multas, pérdida de personería al sindicato, y, bueno, lógicamente, el despido de quienes no cumplan y quedarán trabajando quienes cumplan las normas”, subrayó el funcionario.

La normativa dispone que los sindicatos tienen la obligación de avisar con cinco días de anticipación antes de realizar un paro y que deben proponer esquemas de servicios mínimos.

Comentarios

Por si acaso, tu email no se mostrará ;)