Se publicó en el Boletín Oficial el decreto 602/25, de readecuación normativa y unificación de los contratos de las terminales portuarias.

El gobierno nacional publicó el decreto 602/2025, estableciendo un nuevo marco para las terminales del Puerto de Buenos Aires.

La medida dispone una reorganización normativa, otorgando a la Agencia Nacional de Puertos y Navegación el rol de concedente, para llevar adelante los futuros procesos de selección de ofertas.

En su artículo 6°, el decreto marca específicamente: “Otórgase a la AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN (ANPYN) la calidad de concedente de los contratos de concesión de las Terminales Nros. 1, 2, 3 y 4 de PUERTO NUEVO – BUENOS AIRES, con las facultades y competencias que ello implica”.

En los considerandos, el gobierno buscó un plan portuario alineado con las políticas de inversión privada, dejando de lado el decreto 299/23, que el por entonces presidente Alberto Fernández firmó poco antes de terminar su mandato.

En una clara señal política, estableció que “el proyecto portuario plasmado en el Decreto N° 299/23, concebido sobre la base de inversión pública en infraestructura en el PUERTO NUEVO – BUENOS AIRES, con recursos del ESTADO NACIONAL, no se adecúa a las necesidades del sector y a las políticas de la Administración actual, que propician la preeminencia de la inversión privada en la infraestructura pública”.

Además, se realizó la unificación contractual de las terminales actuales, dando un marco de mayor previsibilidad y adaptando lo que de hecho ya funcionaba como dos unidades.

El decreto 602/25 también determina un reordenamiento territorial del funcionamiento de las terminales portuarias, consolidando una terminal de contenedores y otra dedicada exclusivamente para la atención de cruceros.

La medida especifica que no sufrirán cambios las adecuaciones contractuales que extendieron las concesiones de las terminales porteñas hasta 2027, previstas en la Resolución 502/23 del por entonces Ministerio de Transporte de la Nación.

El Gobierno señaló que el puerto “enfrenta desventajas competitivas por su limitado calado de acceso y muelles, que deben ser superadas a los fines de fortalecer el rol del establecimiento como puerto nacional y hub regional, basado en una planificación estratégica, en una mejora de la conectividad y en una modernización de las infraestructuras y los procesos”.

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El Puerto de Buenos Aires concentra cerca del 60% del movimiento de contenedores del país.

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación, además, “podrá requerir colaboración a otros organismos administrativos a los fines de cumplir con los objetivos del presente decreto y, en particular, para la realización de estudios de impacto ambiental e informes técnicos, quedando asimismo facultada para establecer los procedimientos de evaluación de impacto ambiental correspondientes”.

Reordenamiento territorial del Puerto de Buenos Aires

El decreto 602/25 también determina un reordenamiento territorial del funcionamiento de las terminales portuarias, consolidando una terminal de contenedores y otra dedicada exclusivamente para la atención de cruceros.

En ese marco, destaca la apuesta por “desarrollar y construir una terminal de cruceros, con un área turística y comercial dedicada a la atención de pasajeros, ascenso y descenso, afectando para ello con exclusividad los espigones 4 y 5”.

En su artículo 7°, instruye a la ANPYN “a realizar la convocatoria para la presentación de Iniciativas Privadas de conformidad con lo previsto por el apartado a) del artículo 3° del Anexo III aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 713/24, en lo relativo a la nueva terminal de cruceros y el área dedicada exclusivamente a la infraestructura turística y comercial a ser emplazada en los espigones 4 y 5 de PUERTO NUEVO – BUENOS AIRES”.

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