En una medida orientada a garantizar la regularidad, continuidad y seguridad del transporte público ferroviario, la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía dispuso una nueva prórroga para la explotación de los servicios de la Línea Belgrano Norte y de los servicios de la Línea Urquiza.
La medida de Transporte formalizó, por un lado, la continuidad operativa por parte de la empresa Ferrovías Sociedad Anónima Concesionaria, para la explotación de los servicios de la Línea Urquiza.
Esta decisión se enmarca en un proceso de transición hacia un nuevo modelo de gestión ferroviaria, buscando evitar cualquier interrupción en un servicio esencial que conecta a miles de usuarios diariamente.
La resolución establece condiciones específicas para la permanencia de la actual operadora, supeditando su salida a la finalización de los procesos de licitación en curso. Los puntos principales son:
- Extensión del plazo: La continuidad de la explotación se prolongará hasta el 30 de junio de 2027.
- Cláusula de rescisión anticipada: En caso de que el proceso licitatorio —iniciado bajo el decreto 423/2019— se adjudique antes de la fecha mencionada, la concesión finalizará en el momento en que el nuevo operador tome posesión del servicio.
- Sin derecho a reclamo: La norma aclara que la finalización del vínculo por adjudicación no otorgará a Ferrovías S.A. derecho a reclamos indemnizatorios por este concepto.
El contexto de la renovación de las concesión de Ferrovías y Metrovías
Uno de los aspectos más relevantes de esta resolución es el análisis de las propuestas presentadas por las empresas concesionarias. Ferrovías S.A. había solicitado una adecuación contractual bajo los términos de la Ley 27.132 (Política de Reactivación de los Ferrocarriles).
La prioridad absoluta es asegurar la prestación del servicio público en condiciones de igualdad y obligatoriedad, salvaguardando la conectividad de la Red Ferroviaria Nacional mientras se sustancian los procesos de fondo», señala la Resolución.
Sin embargo, tras la intervención de la Subsecretaría de Transporte Ferroviario, el Estado determinó que no se avanzará, en esta instancia, con dicha adecuación. Esta postura refuerza la intención del Poder Ejecutivo de mantener el esquema actual de transición hasta que se consolide el traspaso a un nuevo sistema de operación y mantenimiento, conforme a los criterios de gestión vigentes.
Marco legal y emergencia ferroviaria
Para las autoridades nacionales, las renovaciones no son un hecho aislado, sino que se fundamenta en un andamiaje normativo que prioriza los derechos del usuario y la eficiencia del sistema:
- Leyes 26.352 y 27.132: Estas leyes constituyen la base del reordenamiento ferroviario, diferenciando la administración de la infraestructura (a cargo del Estado) de la operación de los servicios.
- Emergencia Ferroviaria: La resolución hace mención al Decreto 525/2024, que declaró la emergencia pública en materia ferroviaria. Bajo este régimen, el Estado Nacional tiene la facultad de adoptar medidas excepcionales para asegurar la prestación del servicio, sin que esto altere las responsabilidades civiles y operativas de los concesionarios privados

«La prioridad absoluta es asegurar la prestación del servicio público en condiciones de igualdad y obligatoriedad, salvaguardando la conectividad de la Red Ferroviaria Nacional mientras se sustancian los procesos de fondo», señala en ese sentido la Resolución.
En el mismo marco se concreta la extensión del contrato de concesión a la empresa Metrovías Sociedad Anónima para la explotación de los servicios de pasajeros de la Línea General Urquiza. Esta medida posterga, también, el vencimiento contractual hasta el 30 de junio de 2027, o bien, hasta que se concrete la adjudicación de la nueva licitación pública.
La relación contractual con Metrovías y Ferrovías se remontan al Decreto 2608 de 1993, enmarcado en el proceso de privatizaciones de la década del noventa. Originalmente, el contrato estipulaba una duración de 24 años, con posibilidades de prórrogas decenales.
Sin embargo, el andamiaje legal del sector cambió drásticamente con la sanción de las leyes 26.352 (Reordenamiento Ferroviario) y 27.132, las cuales declararon de interés público nacional la reactivación de los ferrocarriles y establecieron la separación entre la gestión de la infraestructura y la operación del servicio.
Próximos pasos en el sistema ferroviario
Con la publicación de esta norma, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) y la Administración de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) han sido notificadas para supervisar el cumplimiento de los estándares de calidad durante este periodo extendido para ambas empresas.
El foco ahora se traslada al avance de la Licitación Pública Nacional e Internacional, la cual determinará quién asumirá la responsabilidad de operar dos de las líneas más críticas para el transporte de pasajeros en el Área Metropolitana de Buenos Aires.

La reciente extensión del plazo de explotación para la firma Ferrovías y Metrovías, hasta junio de 2027 representa un movimiento estratégico del Ministerio de Economía para evitar el colapso operativo mientras se redefine el modelo ferroviario nacional.
Para los pasajeros, esta medida garantiza, ante todo, la continuidad de los servicios, porque al evitar el vencimiento inminente de la operación, se elude la incertidumbre que podría derivar en medidas de fuerza o degradación del mantenimiento por falta de horizonte contractual.
La extensión administrativa de la Línea Belgrano Norte y de la Línea Urguiza, es una herramienta de estabilidad. En un contexto de emergencia ferroviaria, la prioridad del Estado es el sostenimiento de los activos y la seguridad de los ciudadanos, mientras se termina de diseñar un sistema de transporte que sea sostenible financieramente y moderno tecnológicamente.


