El capítulo energético del proyecto es el que más modificaciones tiene en la nueva versión del mega proyecto, en busca de negociar apoyos de la «oposición dialoguista» en el Congreso. Señal a los gobernadores de provincias petroleras.

El gobierno de Javier Milei envió este lunes a la Cámara de Diputados el nuevo texto del proyecto de Ley Ómnibus con más de 100 modificaciones exigidas por la denominada “oposición dialoguista” para acompañar la iniciativa.

El capítulo energético es uno de los que más modificaciones sufrió.

Así, tras eliminar a YPF de la lista de empresas estatales a ser privatizadas, ahora se confirmó que el Estado podrá intervenir en el comercio exterior de hidrocarburos por cuestiones vinculadas a «la seguridad del suministro».

El Gobierno ratificó que la exportación e importación es libre y es un derecho, pero aclaró que puede haber objeciones por parte de la secretaría de Energía para garantizar el suministro interno.

El nuevo texto de la ley de «Bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos», también delimitó las competencias de la Nación y las provincias «sin dejar de reafirmar que es una ley federal».

«Se estableció sin duda alguna que la exportación e importación es libre y es un derecho», puntualizó el Poder Ejecutivo en la presentación de las modificaciones en el capítulo referido a los hidrocarburos.

Secretario de Energía, Eduardo Rodríguez Chirillo, Ley Ómnibus
Eduardo Rodríguez Chirillo, secretario de Energía de la Nación.

No obstante, se aclaró que «puede haber una objeción por parte de la Secretaría de Energía, limitada al momento de otorgar la solicitud y por motivos técnica y económicamente en la seguridad del suministro».

Señal a los gobernadores: ley «federal»

Entre otros aspectos relevantes, en los cambios se aclaran «los casos en los que correspondía actuar a la Nación o a las provincias», remarcando que la ley de Hidrocarburos es «federal».

El punto no es menor, considerando el reciente documento público que difundieron gobernadores de las provincias petroleras en rechazo a lo que consideraban un «menoscabo o limitación» a los derechos de sus territorios sobre los recursos.

«Asimismo, a tono con la conciliación de las facultades Nación-Provincias, se mantuvieron las facultades de la autoridad de aplicación respectiva de controlar los programas de desarrollo y compromisos de inversión y la elaboración conjunta del pliego modelo entre Nación y provincias», agregó.

Los gobernadores, según trascendió, habían solicitado que el proyecto priorizara el abastecimiento interno, un concepto que no es igual a autoabastecimiento, ya que prevé que la seguridad energética se garantice no sólo con lo producido en el país.

Otros cambios a la Ley Ómnibus

En el documento con las nuevas propuestas se estableció además un nuevo régimen de competencia de las licitaciones públicas en función de una oferta de regalías sobre un valor base del 15%, afectado por un factor «X» de exclusiva elección del oferente, y se fijó «un límite máximo de hasta 10 años para plazos más extensos que los fijados por la ley, aclarándose que, en ningún caso, la concesión puede ser fijada a perpetuidad».

Al respecto, se subrayó que «constituye causal de nulidad la adjudicación de permisos o concesiones al vencimiento de los plazos originales sin mediar una licitación pública y abierta».

Para el caso de la reconversión de concesiones de convencional a no convencional, se previó que se pueda solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026 y por un único plazo de 35 años, de modo de dar tiempo a los concesionarios para amortizar la inversión a realizar en dicho proceso.

En la presentación de los cambios se sostuvo que «dichos cambios no importan modificaciones a las concesiones de explotación y concesiones de transporte otorgadas con anterioridad, las cuales se seguirán rigiendo los plazos establecidos por el marco legal existente».

Por otra parte, y para reconocer a los titulares de las áreas ingresos actualizados, se modificaron los valores del canon anual por barriles, y su ajuste en función del precio del barril.

Por último, se estableció un régimen de autorizaciones de transporte con libre acceso, de habilitación para el procesamiento; y se reguló la actividad de almacenaje bajo régimen de autorizaciones, figura que hasta el momento no estaba prevista normativamente en la ley.

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