Un fallo clave a fines de diciembre rechazó un amparo ambiental y avaló el esquema de control estatal sobre la exploración en el sur provincial, mientras el cobre gana centralidad en la agenda productiva de Mendoza.

En una decisión judicial que reordena el tablero político, ambiental y económico, la Justicia mendocina rechazó una de las acciones más relevantes impulsadas por organizaciones ambientalistas contra el desarrollo minero en el sur mendocino.

El fallo, dictado el 30 de diciembre por el Tribunal de Gestión Asociada-Tercero, no solo desestimó el planteo de inconstitucionalidad presentado, sino que terminó por consolidar el rumbo que impulsa la administración de Alfredo Cornejo en materia de exploración de cobre.

En su sentencia, la magistrada fue categórica al sostener que no se acreditaron irregularidades sustanciales en el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.

La resolución, firmada por la jueza María Angélica Gamboa, representó un revés significativo para la Fundación Cullunche y para el abogado Eduardo Sosa, quienes habían intentado frenar la aplicación de la Ley 9.588.

Esa norma habilitó las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) de los primeros 34 proyectos de exploración que integran el Malargüe Distrito Minero Occidental (MDMO), una de las apuestas estratégicas de la provincia para reinsertarse en el mapa minero nacional.

El fallo que ordena el debate ambiental

En su sentencia, la magistrada fue categórica al sostener que no se acreditaron irregularidades sustanciales en el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.

Para el tribunal, las objeciones planteadas por los demandantes se apoyaron en diferencias técnicas y valoraciones alternativas, pero no lograron demostrar violaciones concretas a la normativa vigente.

La jueza dejó asentado que el desacuerdo con los criterios de los organismos especializados no equivale, por sí mismo, a una ilegalidad. En ese sentido, la Justicia respaldó el trabajo de las áreas técnicas provinciales que intervinieron en la evaluación de los proyectos y reafirmó la validez del control estatal en esta etapa inicial, limitada exclusivamente a tareas de exploración.

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El Perdido, uno de los proyectos impulsados por la empresa canadiense Kobrea, ubicado en Malargue.

Otro punto central del fallo fue la crítica a la estrategia procesal de los ambientalistas. El tribunal observó que la demanda cuestionó de manera genérica a los 34 proyectos aprobados, sin individualizar daños concretos ni analizar las particularidades técnicas de cada emprendimiento.

En el fallo se remarcó que cada proyecto cuenta con su propio expediente, estudios específicos y condiciones de operación diferenciadas, lo que impide un abordaje en bloque.

Incluso se citó como ejemplo el caso de El Perdido, uno de los proyectos impulsados por la empresa canadiense Kobrea, para ilustrar que cada iniciativa debe ser evaluada según sus características particulares y no bajo supuestos generales.

Control estatal y etapas progresivas

La resolución judicial también puso el foco en el esquema de supervisión diseñado por la provincia. La jueza destacó que las actividades autorizadas se desarrollan de forma progresiva y bajo el seguimiento permanente de la Unidad de Gestión Ambiental (UGA), un organismo que tiene facultades para revisar, actualizar y, eventualmente, endurecer los controles año tras año.

Ese punto resultó clave para desactivar uno de los principales argumentos del amparo, que advertía sobre un supuesto riesgo inmediato para los recursos naturales.

Para la Justicia, el marco regulatorio vigente prevé instancias suficientes de control y revisión como para garantizar la protección ambiental durante la fase exploratoria.

Además, el tribunal desestimó la legitimación de Eduardo Sosa como coactor de la demanda, al considerar que no acreditó una afectación directa o indirecta que lo habilitara a litigar en representación del interés colectivo. Esa definición debilitó aún más la acción judicial y reforzó la solidez formal del fallo.

Un espaldarazo al desarrollo minero

Más allá de su contenido técnico, la sentencia tuvo un fuerte impacto político. Para el Gobierno provincial, el rechazo del amparo significó despejar uno de los principales focos de incertidumbre jurídica que rodeaban al MDMO.

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La justicia rechazó el pedido de los asambleistas mendocinos contra los proyectos mineros.

En un contexto en el que la previsibilidad es un factor decisivo para atraer capitales, el fallo funcionó como una señal clara hacia el sector inversor.

Mientras las organizaciones ambientalistas evalúan nuevas estrategias —que incluyen presentaciones ante la Justicia Federal e incluso la Corte Suprema—, la administración provincial interpreta esta resolución como un aval institucional para avanzar con el cronograma previsto.

Las primeras perforaciones de cobre en el sur mendocino podrían comenzar a materializarse a partir de 2026, en un escenario sensiblemente más despejado que el de meses atrás.

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