A través de dos decretos, el gobierno reconfigura la gestión de la Vía Navegable y se inicia una nueva etapa. El rol de la Subsecretaría de Puertos y de la AGP en el proceso.

Esta semana, el gobierno intervino de lleno en la Hidrovía, que aguarda por la licitación de las obras de dragado.

En primer lugar, fue disuelto el Ente de Control y Gestión de la Vía Navegable (Ecovina), cuyas tareas quedaron a cargo de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables (SSPyVN).

De este modo, será la cartera que encabeza Iñaki Arreseygor la encargada de lanzar la convocatoria para concesionar el servicio y para esa tarea contará con asesoramiento de la Administración General de Puertos (AGP).

Las actividades de dragado, redragado, mantenimiento, señalización, balizamiento y control hidrológico de las hidrovías nacionales deben ser declaradas como «servicio público».

El propio Secretario de Transporte, Franco Mogetta confirmó la decisión y anunció que “se está encarando el camino para la licitación definitiva de las tareas de dragado y balizamiento de la Hidrovía”.

El funcionario destacó que “son obras que hacen falta para generar las divisas que tanto necesitamos”, y adelantó que se buscará la profundización de la Vía Navegable.

“Estamos desarmando toda una maraña que se había generado en el gobierno anterior, de organismos que se superponen”, dijo Mogetta.

A través del Decreto 209/2024 publicado ayer en el Boletín Oficial, la SSPyVN obtuvo las facultades para realizar “el llamado y adjudicación de la Licitación Pública Nacional e Internacional por el régimen de concesión de obra pública por peaje y/o de concesión de servicio público mediante el cobro de tarifas, peajes u otras remuneraciones, según el caso”.

Asimismo, el Ejecutivo le instruyó a la Subsecretaría para que lleve a cabo una revisión integral del “Contrato de Concesión de la Vía Navegable Troncal” suscripto el 2 de septiembre de 2021 entre el Estado y la AGP, con la finalidad de facilitar el eficaz e inmediato traspaso de la concesión “en favor de quien o quienes resulten adjudicatarios de la licitación pública, “en condiciones de regularidad, continuidad y eficiencia en la prestación de los servicios comprendidos”.

La dependencia podrá requerir la colaboración de otros organismos para la elaboración de proyectos de pliegos, realización de estudios de impacto ambiental e informes técnicos, quedando asimismo facultada a establecer los procedimientos de evaluación de impacto ambiental correspondientes, de conformidad con lo establecido por la Ley General del Ambiente N° 25.675.

Por último, el decreto estableció que “la SSPyVN, en su carácter de Autoridad de Aplicación del presente decreto, establecerá los procedimientos y mecanismos eficaces para llevar a cabo la fiscalización y el control, por sí o a través de terceros, de la concesión o las concesiones adjudicadas en razón de la delegación efectuada en el presente decreto”.

El dragado y balizamiento de la hidrovía como servicios públicos

Mediante el decreto 699/2024, el gobierno realizó dos cambios clave en la gestión de la Vía Navegable Troncal (VNT). Por un lado, se dispuso la disolución total del Ente de Control y Gestión de la Vía Navegable (Ecovina), organismo desde el cual las provincias ribereñas participan conjuntamente de la gestión de la Hidrovía del Paraguay-Paraná.

Hidrovía, Ecovina, Subsecretaría de Puertos, AGP
Ecovina fue creado por decreto durante la gestión de Alberto Fernández.

El Ecovina estaba en funcionamiento desde 2021 e incluía a 15 miembros designados por la Nación y tenía su base operativa en la ciudad de Rosario.

Recibía un ingreso mensual equivalente al 0,5% de la recaudación de los peajes a los buques que recibe la Administración General de Puertos (AGP).

En sus considerandos la norma señala que “desde su creación, no logró un normal o regular funcionamiento, ni ejerció efectivamente las misiones y funciones que le fueron encomendadas, por lo que no alcanzó los objetivos propuestos”.

Por otro lado, se estableció que las actividades de dragado, redragado, mantenimiento, señalización, balizamiento y control hidrológico de las hidrovías nacionales deben ser declaradas como «servicio público», lo que posibilita al Gobierno nacional aplicar un aumento en las tarifas de los peajes.

La medida busca “asegurar la continuidad y regularidad de las prestaciones que hacen a la navegación interjurisdiccional, en cumplimiento del deber de proveer a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales y a procurar la calidad y eficiencia de los servicios públicos, en concordancia con lo establecido en el artículo 42 de la Constitución Nacional”.

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