El nuevo ente tendrá autonomía operativa y absorberá las funciones de los dos organismos reguladores. Se reorganiza la supervisión estatal de los servicios públicos bajo jurisdicción federal.
Luego de la crisis de abastecimiento de gas derivada de la reciente ola polar, el gobierno formalizó mediante el Decreto 452/2025 la creación del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENRGE), para concretar una medida anunciada desde el principio de su gestión: la fusión de los entes reguladores del gas y la electricidad.
El nuevo organismo absorberá las funciones de los actuales ENARGAS y ENRE. La normativa lleva la rúbrica del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Economía Luis Caputo, y establece que el ente unificado comenzará a operar en un plazo máximo de 180 días bajo la órbita de la Secretaría de Energía.
El decreto garantiza la “continuidad de las condiciones laborales” hasta que se concrete la reubicación dentro de la estructura unificada.
De acuerdo a los considerandos del decreto, el objetivo es “reorganizar el esquema regulatorio de los servicios públicos de gas natural y electricidad bajo jurisdicción federal, con énfasis en la simplificación administrativa y la eficiencia operativa”.
Asimismo, el texto oficial detalla que el ENRGE contará con autarquía, independencia funcional y presupuestaria, y plena capacidad jurídica para actuar tanto en el ámbito público como privado.
La fusión también implica la transferencia del personal, los bienes y el patrimonio del ENARGAS y el ENRE al nuevo organismo.
Administración única
El decreto garantiza la “continuidad de las condiciones laborales” hasta que se concrete la reubicación dentro de la estructura unificada. Asimismo, establece que, hasta que se apruebe la nueva organización interna, “seguirán vigentes las unidades operativas” actuales para no afectar el funcionamiento de los servicios.
En este sentido, el Ejecutivo instruyó al jefe de Gabinete a efectuar las reestructuraciones presupuestarias necesarias para consolidar los programas existentes bajo una única administración.
“Aplicar y fiscalizar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias que rigen la actividad del Ente” será una de las funciones centrales del nuevo cuerpo, según detalla el artículo 11 del decreto.
La conducción del nuevo ENRGE
En cuanto a la gestión del organismo, el texto oficial establece que directorio estará compuesto por cinco miembros designados por el Poder Ejecutivo a propuesta de la Secretaría de Energía. Se requerirá que los candidatos tengan formación técnica y experiencia acreditada en el sector energético.

Los mandatos serán de cinco años y podrán renovarse sin límite, con ceses escalonados para preservar la continuidad institucional. El proceso de selección deberá iniciarse en un plazo de treinta días hábiles y, previo a las designaciones o eventuales remociones, el Ejecutivo deberá remitir los fundamentos a una comisión bicameral del Congreso, que contará con treinta días para pronunciarse.
Esta instancia de consulta no tendrá carácter vinculante, pero busca dotar al procedimiento de una mayor transparencia.
Tareas y financiamiento
En cuanto a las competencias del ENRGE, el ente tendrá a su cargo la aplicación y fiscalización del marco normativo, el asesoramiento al Poder Ejecutivo, la formulación del presupuesto anual, la elaboración de memorias y balances, la contratación y remoción de personal y la aplicación de sanciones.
Su sede estará ubicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y las relaciones laborales quedarán regidas por la Ley de Contrato de Trabajo, excluyendo al personal del régimen del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).
El financiamiento provendrá de múltiples fuentes: principalmente de las tasas de inspección y control previstas en las leyes 24.076 y 24.065, pero también de subsidios, donaciones, intereses, beneficios generados por la gestión de fondos propios y, en particular, de la venta de obleas para Gas Natural Vehicular.
El presupuesto anual deberá publicarse en el sitio web del ente antes de su remisión al Ejecutivo, abriendo la posibilidad a que los actores del sector formulen objeciones fundadas, aunque estas no tendrán efectos obligatorios sobre el contenido final.