Con muchas estaciones de servicio cerca de perder los beneficios del certificado fiscal, Nación definió los máximos de facturación que determinan las nuevas categorías PyME. La nueva escala garantiza la continuidad y desactiva los reclamos del sector.

La Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo de la Nación puso fin a las especulaciones del sector estacionero y publicó los nuevos montos para los comercios y prestadores de servicios se incorporen a los programas oficiales de ayuda. La medida trajo tranquilidad a las empresas que estaban próximas a perder la categoría de PyMEs.

La preocupación de los operadores estaciones de servicio estaba relacionada con los cálculos fiscales y de facturación anual. Con el contexto inflacionario del país, el piso por el cual eran consideradas como pequeñas y medianas estaciones estaba quedando desactualizado.

Antes de que se oficializaran los nuevos topes, una operadora con un volumen de 300 mil litros de combustible mensuales, era considerada como una gran empresa y estaba sujeta a las obligaciones correspondientes por los entes reguladores. Ahora, con la nueva medida ya publicada aquellos comercios que declaren un límite de ventas totales anuales de $ 1.518.340.000, seguirán perteneciendo a la categoría PyME.

Lo mismo ocurre con las estaciones que empleen a menos de 35 trabajadores. Cabe señalar que, para acceder a los beneficios de ayuda fiscal, las empresas deben tener vigente el certificado de MiPyME. De esta manera, las estaciones de servicio podrán seguir pagando el IVA a los 90 días de declarado.

Los montos máximos de facturación fueron actualizados a través de la Disposición 88/2023 de la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa. Para fijar las cifras se tomó como referencia el Índice de Precios Implícitos (IPI) del Producto Interno Bruto elaborado por INDEC, sectorialmente diferenciado. En ese sentido los sectores se actualizaron en un rango que va del 82,5% al 129,7%.

AFIP, PyMEs
Los nuevos montos se publicaron y rigen desde el viernes 31 de marzo.

Al respecto, el secretario de Industria y Desarrollo Productivo, José Ignacio de Mendiguren remarcó que, “Hoy tenemos más del triple de empresas registradas como MiPyMEs que hace tres años y medio gracias a una política pública que busca promover la formalidad y a partir de la cual el Estado acompaña a las pymes con alivio fiscal”.

Los nuevo límites de facturación anual (comercios)

Para la categoría de microempresa, el tope de venta total en el sector de comercios es de 213.150.000 pesos. Mientras que, para mantener la categoría de pequeña empresa, la facturación no podrá superar los 1.518 millones de pesos.

Cabe señalar que, para acceder a los beneficios de ayuda fiscal, las empresas deben tener vigente el certificado de MiPyME

Por otro lado, para la categoría de mediana tramo 1 el tope anual es de 7.217 millones de pesos. Y, finalmente, para ser empresa mediana tramo 2, las ventas anuales no podrán ser mayores a 10.310 millones de pesos.

De las 1.773.892 empresas que actualmente cuentan con el certificado vigente que expide la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, la mitad corresponde al sector de servicios (50%), casi un cuarto del total pertenece al sector del comercio (24,1%) y el porcentaje restante se divide entre los siguientes sectores: industria (12,9%), agropecuario (8,6%), construcción (4,3%) y minería (0,1%).

Por su parte, la distribución según el tamaño indica que su gran mayoría (95,9%) pertenece al tramo micro, 3,4% al tramo pequeñas, 0,7% al grupo medianas Tramo 1 y 0,03% al segmento medianas tramo 2.

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