La medida afecta a la actividad en las regiones del río Los Patos, incluído el Salar del Hombre Muerto, donde avanza la iniciativa de la australiana Galam Lithium El fallo responde a una acción de amparo ambiental iniciada en 2021.

La producción de litio en Catamarca recibió un fuerte revés el jueves tras un fallo dividido de la Corte de Justicia provincial. El dictamen hizo lugar a una acción de amparo ambiental presentada por la Comunidad Originaria Atacameños.

La determinación de los jueces llegó en un momento de fuerte impulso de la actividad en la provincia, que recientemente logró un compromiso de compra de una empresa alemana por 20 mil toneladas y había informado sobre el fuerte fuerte interés de la minera estatal de la India en invertir en cinco áreas de producción.

La medida ordena detener la actividad minera en la zona del Salar del Hombre Muerto, hasta que se realice un estudio de impacto ambiental acumulativo e integral.

Además, instó al gobierno catamarqueño a «abstenerse de otorgar nuevos permisos/autorizaciones, o declaración de impacto ambiental con respecto a obras u actividades en el Río Los Patos – Salar del Hombre Muerto – Departamento Antofagasta de las Sierras».

Las iniciativas en Salar del Hombre Muerto como la que encabeza Galan Lithium son las que más expectativas generan para el sector minero de la puna.

De esta manera, se ordenó la revocación de los decretos y resoluciones ministeriales que aprobaron los proyectos mineros Ampliación de proyecto Fenix y Sal de Vida, de las empresas Livent (Minera del Altiplano SA) y Galaxi Lithium SA, respectivamente.

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La Justicia frenó todos los proyectos de la puna catamarqueña.

Mismo trato recibirán todas las iniciativas ubicadas en la Subcuenca Salar del Hombre Muerto, que abarca también parte del territorio salteño, y donde venía avanzando a ritmo sostenido uno de los proyectos de litio más importantes del país.

Según determinó la Justicia, allí y en Carachi PampaIncahuasi se deberá llevar adelante una evaluación de impacto ambiental interjurisdiccional y acumulativa, con la debida participación del Consejo Federal de Ambiente y la Subsecretaría de Infraestructura y Política Hídrica del Ministerio de Obras Públicas del Estado Nacional, y el derecho de consulta y participación, en todas las etapas, de la Comunidad Originaria Atacameños del Altiplano.

El potencial de Salar del Hombre Muerto

Las iniciativas en Salar del Hombre Muerto, como la que encabeza Galan Lithium, una de las principales del país, son las que más expectativas generan para el sector minero de la Puna argentina.

En febrero se confirmó que la compañía australiana recaudó capital por un valor cercano a los 18 millones de dólares para la construcción de la primera fase del proyecto.

Recientemente, había informado avances, con el inicio del proceso de evaporación de la salmuera tras haber finalizado de manera exitosa el movimiento de tierras del estanque 1 y la posterior instalación del revestimiento, que mide 2,4 km de longitud y se considera el primer paso importante del programa de producción a largo plazo.

En tanto, el movimiento de tierras del estanque 2 ya estaba completo en un 65 por ciento, y se preveía que la instalación del revestimiento comenzara en la semana posterior a este último anuncio.

La minera australiana informó además que construyó, hasta la fecha, nueve pozos de producción en las áreas Rana de Sal, Del Cóndor, Deceo III, Pata Pila, Casa del Inca III y IV y Santa Bárbara XXIV.

De acuerdo con las previsiones de Galan Lithium, el proyecto de Hombre Muerto Oeste alcanzará, a partir de 2030, una producción de 60 mil toneladas métricas de carbonato de litio equivalente al año.

El proyecto requerirá, sólo para las dos primeras de las cuatro fases que conforman toda la iniciativa, 23 pozos productores.

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El proyecto Hombre Muerto West prevé empzar a producir litio en el primer semestre de 2025.

El estudio de viabilidad definitivo de la fase 1 del proyecto se centró en la producción de 5.400 toneladas métricas por año de carbonato de litio equivalente (LCE) para el primer semestre de 2025. .

El mismo informe identificó para la fase 2 un objetivo de 21 mil toneladas métricas por año de LCE en 2026, seguido de una producción de la fase 3 de 40 mil toneladas métricas por año de LCE para 2028 y, finalmente, un objetivo de producción de la fase 4 de 60 mil toneladas métricas por año de LCE para el 2030.

Desde la minera, aseguraron que el apoyo es clave para avanzar hacia un procesamiento de bajo costo para la primera mitad de 2025, cuando según lo previsto se empezaría a producir un concentrado premium de cloruro de litio al 6% a una tasa equivalente a 5.400 tpa de carbonato de litio (LCE).

Según el estudio de viabilidad de la empresa, cuando comience la actividad en la Fase 1, la iniciativa generará alrededor de 460 millones de dólares, así como un flujo de caja libre de 54 millones de dólares al año.

Con el freno judicial, los plazos y el progreso del proyecto entran en duda, en un momento de proyección de la minería argentina con inversión extranjera.

El fallo que pone un freno al litio en Catamarca

El fallo dictado por los jueces Miguel Figueroa Vicario, Fabiana Edith Gómez, Rita Verónica Saldaño, Néstor Hernán Martel y Marcela Isabel Soria Acuña, incluye la constatación del «daño ambiental, en el río Trapiche«. «Surge por las autorizaciones concedidas a la minera proyecto Fénix”, puntualiza.

De acuerdo a la sentencia, la construcción de una represa para captar agua del río y utilizarla para la producción litífera, provocó una “alteración del mismo y del ecosistema de la zona por la inexistencia de cause de agua, debido a su sequía como consecuencia directa del desarrollo de la actividad minera y que se encuentra en proceso de restauración, según el informe brindado por la Dirección Provincial de Gestión Ambiental Minera«.

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En el fallo detallan «el daño ambiental» que el proyecto Fénix habría generado en el río Trapiche.

«Todos los proyectos mineros, en sus diferentes etapas, inciden sobre la misma zona, y no se advierten acciones tendientes al estudio de impacto ambiental de forma integral y acumulativa, como lo exige a modo de presupuesto mínimo la materia ambiental, a fin de poder conocer la situación real y potencialmente riesgosas o dañina», añade el dictamen.

Además, los jueces advirtieron sobre el accionar de los instrumentos públicos, haciendo énfasis en que «reviste gran importancia, el detalle e identificación de varios permisos de explotación de aguas subterráneas, por Decretos del Poder Ejecutivo y Disposiciones para los proyectos mineros, lo que implica un desdoblamiento de las áreas del Estado Provincial”.

“Por un lado se emiten las DIA de los emprendimientos mineros, en la órbita del Ministerio de Minería de la Provincia; y en el Ministerio de Agua, Energía y Medio Ambiente (Secretaria de Recursos Hídricos), se tramitan y otorgan las concesiones del agua, esta modalidad atenta contra este estudio y análisis integral y acumulativo», concluyeron los magistrados.

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