Con el Legajo Digital Único y el Certificado Digital reducen aranceles para la compra y la venta. Además, dejan de cobrar los documentos de identificación y se puede elegir en qué registro anotar el auto.
Luego de los anuncios de hace unos meses, el Gobierno finalmente avanza con la desregulación y la digitalización del Registro Automotor. Las reformas se hicieron efectivas mediante las resoluciones 272/2024 y 273/2024, del Ministerio de Justicia, cartera de la que dependen todas las oficinas de trámites vinculados con la propiedad de vehículos.
De este modo, se creó oficialmente el Legajo Digital Único (LDU) y el nuevo Certificado Digital que se usará para la venta de los vehículos. Además, se estableció la reducción de aranceles para la compra y venta de autos y se bajaron los costos de todos los documentos de identificación que emite el Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (DNRPAyCP), entre los que están la cédula verde y la azul.
“La digitalización de estos instrumentos implica también una mejora sustancial en términos de eficiencia y calidad de las prestaciones».
Según la disposición el costo de la transferencia será del 1% en relación al valor del bien y no se cobrará cédulas de identificación automotor, títulos, chapas, patentes ni la certificación de hasta dos firmas. “Estos cambios representan un ahorro mensual adicional de $1.300 millones para la Administración Pública”, destacaron desde el Gobierno.
El nuevo legajo digital apunta a cumplir con ofrecer un «servicio de inscripción abierto, accesible y estandarizado, bajo jurisdicción nacional, que permita las inscripciones o anotaciones peticionadas por los titulares registrales o por intermediarios autorizados para todo el conjunto de automotores a través de un canal digital».
Dentro del mismo, se incluye el nuevo CDA, que será provisto por el Sistema Único de Registración de Automotores (SURA). También se pondrá a disposición un repositorio digital que contendrá las imágenes digitales de todas las Solicitudes Tipo que instrumenten la registración de un trámite generadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la normativa.
En el considerando de la norma, el Ejecutivo alega que “la digitalización de estos instrumentos implica también una mejora sustancial en términos de eficiencia y calidad de las prestaciones de las distintas tramitaciones internas propias del actual funcionamiento del sistema registral, ya que se reducen tiempos y costos relacionados con el envío físico de la documentación y de los Legajos”.
Desde el Estado, argumentan que contar con un registro remoto, abierto, estandarizado y accesible permitirá también, poder resolver cualquier contingencia o eventualidad que pudiera surgir en la sede de un Registro Seccional que entorpezca o impida la prestación del servicio registral a su cargo.
En lo que va del año, se redujeron significativamente los gastos en los registros, se completó la reducción del 30% del personal a través de retiros voluntarios, se eliminó el Certificado de Transferencia Automotor (CETA) y la tarjeta azul, entre otras reformas estructurales.
Libre elección de oficinas del Registro Automotor
En el artículo 3, la resolución dispone la eliminación de los “polígonos de división de la jurisdicción seccional” y agrega “la jurisdicción única en todo el territorio de la República Argentina permitiendo la libre elección del Registro Seccional de acuerdo con los parámetros que fije la Dirección Nacional”.
De este modo, será decisión del usuario seleccionar el registro en que se realizará la transferencia de un auto, lo que permite la libre elección del Registro Seccional, según los parámetros que fije la Dirección Nacional de los Registros Nacional de la Propiedad del Automotor y de Créditos.
Por último, fueron eliminados todos los Registros intervenidos a cargo de agentes de la DNRPA y ordena el “inmediato regreso a cumplir funciones” en la citada DNRPA a todos aquellos empleados del Ministerio de Justicia que se desempeñan en los mencionados registros.